Estos sitios de votación están distribuidos en las tres localidades de Santa Marta incluyendo la zona rural para que todos los ciudadanos puedan ejercer libremente su derecho al voto en las elecciones de autoridades como gobernadores, alcaldes, diputados, concejales y ediles o miembros de las juntas administradores locales.
Con base en el artículo 5 de la Ley 1227 de 2008, en esta Resolución indicaron que los criterios para la designación de los lugares de votación son: adecuado acceso para los votantes, adecuadas condiciones de salubridad, instalación de cubiertas bajo techo, disponibilidad de mesas y asientos requeridos para los jurados de votación, disponibilidad de mesas y asientos para testigos electorales, veedores y en general autoridades que participan en la jornada electoral, acceso a acometidas telefónicas, acceso a comunicación telefónica y/o vía módem y acceso a parqueaderos para votantes.
Cabe mencionar que desde la administración distrital se están brindando todas las garantías para unas elecciones seguras y en paz, por ello se vienen adelantando los Comités de Seguimiento Electoral con participación de la Procuraduría General de la Nación, la MOE, la Policía Nacional, el Ejército Nacional, Air-e, Atesa, Registraduría Nacional, Personería Distrital, representantes de partidos políticos y miembros del gabinete Distrital.